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TRAMITE NACIONAL.

Cesyac difunde cómo proceder con la gestión de tarifa social ante el aumento de las tarifas de energía eléctrica.-

31 Marzo 2016 Publicado en Novedades

La entidad local informó que desde la web del Ministerio de Energía de la Nación se inicia el trámite y luego la proveedora local, en nuestro caso la EPE, confirma si corresponde o no que el usuario se incluya como tarifa social.-

La asociación de usuarios y consumidores Centro de Estudios Sociales y Acción Comunitaria (Cesyac) salió a informar hoy cómo deben proceder los usuarios residenciales de la Empresa Provincial de la Energía que quieren ser incluidos como tarifa social y percibir un subsidio por los primeros 300 kwh consumidores por bimestre, para luego abonar la tarifa plana a partir de ese volumen.

La entidad lo hizo en el marco del desconocimiento y falta de información que la EPE y el gobierno provincial vienen teniendo en relación a este tema. Al ser consultados por esto, miembros de la asociación destacaron que "el sistema es nacional, pero en el procedimiento se entiende que es para todos los usuarios, sin importar si son usuarios de Edenor, Edesur, EPE, o cooperativas eléctricas, como hay muchos casos en las provincias y localidades del interior del país".

Al respecto, Juan Marcos Aviano, Director Ejecutivo del Cesyac, expresó: "ingresando a la web del Ministerio de Energía se inicia el trámite, que luego lo confirmará y notificará la empresa local si corresponde que nuestro servicio sea considerado o no como tarifa social".

Para ser incluido en esta modalidad, se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Beneficiarias/os de programas sociales.
  • Jubilados/as y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $8.598,12 vigente hasta febrero 2016 inclusive según Resolución A 396/2015 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
  • Trabajadores/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $12.120 según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir de enero 2016.
  • Personas con discapacidad.
  • Inscriptas/os en el Monotributo Social.
  • Empleadas/os del servicio doméstico.
  • Personas que cobren Seguro de Desempleo.

Sobre el cruce de datos que se debe practicar entre el Ministerio y la EPE, fuentes del Cesyac informaron que "entendemos que se hará formalmente, pero hasta el momento no hemos logrado que nadie nos diga cómo se hace".

Para informarse y hacer el trámite, se debe ingresar a www.minem.gob.ar/formulario.1.html o llamar al 0800-333-2182.-