Volanta: Ante la falta de un ente controlar y de un sistema de resarcimiento
La Ley Nacional Nº 24.240 y sus modificatorias, contempla un mecanismo para que los usuarios puedan reclamar ante incumplimientos en la prestación de los servicios públicos, tal cual ocurre con la EPE en Rosario y la provincia.
Esta Oficina, ha recepcionado dos reclamos iguales de distintas personas, en torno a una Inmobiliaria del macrocentro que por una locación de inmueble cuyo alquiler mensual asciende a $ 700,00 solicita en concepto de SEÑA $ 1.300,00 y condiciona la contratación a que las garantías “resulten conformes” con un párrafo que dice “ad referéndum de que las garantías resulten luego de su informe conformes”, caso contrario perderá la suma entregada sin derecho a reclamo alguno.Hasta acá estaríamos en presencia de una cláusula abusiva, en virtud de la cuantía del monto solicitado ($1.300,00) para lo que en definitiva es un estudio de títulos.
El Senado dio sanción definitiva a esta norma que protege los derechos de usuarios frente a la publicidad telefónica. La iniciativa había surgido del diputado Marcelo Gastaldi (PJ), y sus pares Javkin (ARI) y Marcucci (UCR).
El Centro de Estudios Sociales y Acción Comunitaria (Cesyac), a través de su Programa del Servicio Gratuito de Asesoría al Consumidor (Sac), manifestó hoy su satisfacción por la sanción de ley provincial del Registro No Llamar, la cual “prohíbe realizar actividades de telemarketing en el ámbito de la Provincia respecto de las personas que así lo manifiesten a través de su inscripción en el Registro creado por la ley”.
Volanta: Medio boleto estudiantil. Los usuarios teníamos razón
La asociación de usuarios y consumidores no quiere que la primer variable de ajuste futura sea la calidad en el servicio, actualmente muy padecida por los usuarios. Esto surgió ante el pedido de empresarios de menos impuestos.