Normativa: Ley Nro. 24.240- Ley de Derechos del paciente – Ley Nro 26682 de Medicina Prepaga - Ley de Protección de Datos Nro. 25326.
Debe ser clara, precisa, detallada y adecuada.
Para el paciente y su grupo familiar.
Es el piso mínimo de prestaciones a las que se puede acceder y que no tiene período de carencia.
La edad del afiliado no es motivo para negarla.
Son confidenciales los datos que posean las prestadoras de salud.
Debe ser informado de manera fehaciente con 30 días de anticipación y estar autorizado por Ministerio de Salud de la Nación.
Hay que declararlas al momento de suscribir el contrato.
Se puede realizar en cualquier momento, notificando de manera fidedigna con 30 días de anticipación.
El usuario debe recibir atención y posteriormente se evaluará si corresponde cobertura según el plan contratado.
No cesan los derechos de su grupo familiar.
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