La asociación de usuarios y consumidores de la ciudad difundió la normativa que entra en vigencia este lunes 12 de julio y tiende a no generarle costos al trabajador.
El Centro de Estudios Sociales y Acción Comunitaria (Cesyac), a través de su Servicio Gratuito de Asesoría al Consumidor (Sac), difundió hoy un resumen de los alcances de la nueva normativa respecto a las denominadas “cuentas sueldo”, por la cual ya no deberán pagar ningún costo por las distintas operaciones realizadas.
El Cesyac precisó que la medida vigente desde hoy responde a la Ley Nº 26.590 promulgada el pasado 4 de mayo del corriente año, la cual modifica en parte la Ley de Contratos de Trabajo y estipula que no tendrá ningún costo para el trabajador las cajas de ahorro mediante las cuales los empleados perciben mensualmente sus haberes.
A partir de ello, el Ministerio de Trabajo de la Nación dictó la Resolución Nº 653/10, la cual junto a la Comunicación A5091 del Banco Central de la República Argentina, determina las prescripciones que los bancos deberán cumplimentar desde hoy (ver adjunto).
En ese marco, la asociación de usuarios y consumidores salió a difundir estas consignas y aconsejó a todos los usuarios que perciban sus remuneraciones mediante este sistema, que “recuerden controlar los movimientos de sus cuentas porque deberían estar acreditados, es decir devueltos, todos aquellos costos de cuenta y de movimientos cobrados por el banco desde el 14 de mayo hasta la fecha”.
Al respecto, se refirió la Dra. María Laura Campás, Coordinadora del Programa del Consumidor del Cesyac, quien precisó que “desde hoy aconsejamos a todos los usuarios que se dirijan a un cajero u observen en su cuenta vía Internet que hayan sido acreditados los saldos debitados por su banco, y que en los próximos días vayan controlando que ello haya ocurrido”.
Consultada del por qué de ello, la abogada detallo que “puede ocurrir que los bancos se retrasen con las acreditaciones, y como usuarios debemos hacer respetar la ley vigente y reclamar si no fueron devueltos esos montos, por más mínimos que sean”.
También se refirió a la medida el Presidente del Cesyac, Lic. Juan Marcos Aviano, quien analizó la entrada en vigencia de la norma como “muy positiva para los trabajadores y los usuarios de medios electrónicos de pago y de cobro. En nuestra asociación recibimos regularmente reclamos respecto a lo excesivo muchas veces del costo de movimientos que tenían las cuentas sueldo. Con esta medida ganan los usuarios y también consideramos que devuelve algo de credibilidad a las entidades bancarias respecto a sus clientes”.
Para finalizar, Aviano recordó a los empleados que “hagan ejercer sus derechos como usuarios. Para el banco emisor de la tarjeta donde cada uno cobra su salario, nosotros no somos trabajadores, somos clientes, y como tales seguramente querrán vendernos productos, servicios, seguros y demás. Hagamos valer nuestros derechos y antes de contratar cualquier paquete primero averiguar y asegurarnos que nuestra cuenta sueldo ya no tiene deducciones ni de mantenimiento, ni de movimientos”.
El Cesyac a través de su servicio gratuito puso a disposición su mail y formulario web de consulta para cualquier información y orientación que se requiera:
www.cesyac.org.ar
